PENSIONES DE JUBILACIÓN: CÉDULAS VIVAS Y OTRAS INEQUIDADES
Hay al menos tres palabras clave que deben tenerse en cuenta cuando se habla del rediseño o de la reforma de cualquier régimen de pensiones: sostenibilidad, equidad y transparencia.
Primero, el que todo sistema de pensiones deba ser sostenible significa que el sistema, en su conjunto, debe ser capaz de mantenerse por sí mismo, sin merma de recursos (¿ahorros?) preexistentes y sin ayuda (¿subsidio?) de terceros ajenos al sistema.
Por ejemplo, si una persona gastara continuamente más que lo que gana, su estilo de vida se basaría en la insostenibilidad: primero, devoraría todos los ahorros que pudiera haber tenido y, luego, se endeudaría hasta quebrar por sobreendeudamiento, si es que un tercero, un "ahorrador" que gaste menos que lo que gana, no lo “ayuda” persistentemente. A nivel macro, ocurre lo mismo.
¿Cómo entonces se debiera financiar un sistema de pensiones para un grupo de personas sin recurrir al subsidio (ayuda) persistente de terceras personas? Se tiene que financiar necesariamente con los ingresos que se obtengan por aportes de los propios futuros pensionistas de ese sistema de pensiones. Si los aportes fueran muy bajos o se realizaran por muy poco tiempo, el sistema evidentemente devendría en insostenible.
Segundo, el que todo sistema de pensiones deba ser equitativo significa que debe estar diseñado con una clara vocación por el respeto de la más básica noción de justicia natural. Diferenciar entre justicia y legalidad es muy importante porque en no pocos casos la legalidad no sólo es arbitraria sino que, a veces, inclusive deviene en injusta, razón por la cual dicha legalidad debe ser rectificada (para que no sea injusta con los demás). Que cada quien reciba en proporción a lo que haya aportado, es un simple acto de justicia natural.
Así, si una persona guarda más que otra persona, es natural que al final una tenga acumulado más que la otra. O si una persona guarda cada mes lo mismo que otra, pero lo hace persistentemente durante más meses, también es natural que al final una acumule más que la otra. En eso se basa el esquema de ahorro más simple. Y a nivel macro, con los sistemas de pensiones, pasa lo mismo.
Entonces, ¿por qué un grupo de personas que haya aportado en total menos podría tener “derecho” a recibir una cantidad mayor que la que le corresponde? Puede que algún legislador haya declarado ese “derecho” legal, pero en el fondo es inequitativo, no es justo con los demás. Si el Estado pone la diferencia, eso significa que lo cobrará a todos los demás, ya sea mediante impuestos o o mediante una futura inflación (un impuesto particularmente más injusto porque cobra proporcionalmente más a los que menos tienen).
Y tercero, la creciente insostenibilidad e inequidad de varios de los actuales sistemas de pensiones, y no sólo de los que ahora coyunturalmente se discuten, sólo ha sido posible generarlas y ocultarlas gracias a la total falta de transparencia con la que han sido aprobadas y manejadas hasta ahora. La transparencia, en cambio, promueve la rendición de cuentas de los legisladores y evita que las autoridades que aprueben cambios a espaldas del escrutinio público de todos.
Nunca debe perderse de vista que, en el fondo, todo sistema de pensiones finalmente es un sistema de ahorro contractual, ya sea individual (como el actual sistema privado) o colectivo (como el actual sistema público).
Así las cosas, es fácil deducir que mantener el mecanismo denominado “cédula viva” es perjudicial para todos los que no tienen ese “derecho”. Sin embargo, derogar el esquema de “cédula viva” no es condición necesaria ni suficiente para acabar con la inequidad y la insostenibilidad. Hay muchos otros mecanismos diferentes en varios de estos sistemas de pensiones que también producen inequidades insostenibles y que requieren ser reformados con igual o mayor urgencia.
De hecho, este mismo mecanismo de "cédula viva" podría ser rediseñado de un modo mucho más sostenible y equitativo: si realmente se quiere recibir una jubilación equivalente al 100% de los ingresos "promedio" efectivamente recibidos durante todo el tiempo que se trabajó, en términos constantes, probablemente los pensionistas debían antes haber trabajado y aportado no menos de 50 años, si la esperanza de vida promedio se mantiene en 75 años y la tasa de aporte fuera 10% de "todos" los ingresos de referencia.
Un tema muy distinto es la determinación del nivel de remuneraciones. La pensión no es más que un reflejo del nivel de remuneraciones y de los aportes efectuados por cada trabajador durante su vida laboral. No se puede pretender compensar una baja remuneración con una generosa pensión, sea cual fuera el motivo. Esa no puede ser la expectativa de ningún postulante a trabajador, ni público ni privado, ya que implica que un tercero tiene que hacerse cargo de la diferencia.
Cualquier compensación por una mayor exposición al riesgo, a un horario o temporada de trabajo en desventaja con el de la mayoría, a unas condiciones de trabajo más duras, a un deterioro prematuro de la salud, o a cualquier otra desventaja relativa, tiene que ser reconocida equitativamente en las remuneraciones que reciban las personas durante toda su vida laboral. En algunos casos puede que se requiera además algunas compensaciones no monetarias como las coberturas de seguros de salud, la cobertura de seguros contra accidentes o inclusive las de seguros de vida.
Etiquetas: Defensa del consumidor, Educación financiera, Pensiones de jubilación
<< Home