Economía y Finanzas para Todos

Bitácora de artículos de opinión y análisis sobre diferentes debilidades de la economía y las finanzas en el Perú. Como en otros países latinoamericanos, las imperfecciones financieras han tenido un importante efecto sobre el menor nivel de desarrollo económico alcanzado. Los artículos buscan exponer estas debilidades, en un lenguaje sencillo y accesible, con la finalidad de promover las mejoras y reformas necesarias.

2009-06-01

¿CÓMO ASEGURAR LA VERDADERA INDEPENDENCIA DE UN BANCO CENTRAL?


Con gran entusiasmo se ha promocionado una reforma constitucional presentada en el Congreso que tiene como finalidad cambiar el sistema de elección de los integrantes del directorio del banco central. Básicamente se busca desligar la nominación de sus miembros de las elecciones presidenciales, en una forma un tanto innecesariamente complicada, y ampliando el periodo de su ejercicio de cinco a siete años, sin limitar su reelección.

Se argumenta que la modificación constitucional reafirmaría la independencia técnica del banco para preservar la estabilidad monetaria. De hecho, en el proyecto de ley presentado se cita la opinión solicitada al mismo instituto emisor que dice: "...redundará en una mayor autonomía del Banco Central y por ello en un mejor soporte a la defensa de la estabilidad de la moneda...". Pero ¿de qué independencia se está hablando?

Es cierto que este tipo de medidas en algunos países busca asegurar cierta independencia política en la elección de los miembros del directorio del banco central. Sin embargo, el proyecto no mejora ninguno de los requisitos técnicos actuales para ser elegido miembro del Directorio. Y es que si no hay una mínima calidad técnica especializada de sus miembros, se termina por restar libertad e independencia profesional a las decisiones del Directorio y se lo deja vulnerable a todo tipo de presiones.

¿Acaso no es acaso más importante preservar la independencia ideológica en las decisiones de un banco central? No hace falta recordar que ante la gravedad de la crisis financiera externa, los bancos centrales de los países más desarrollados, o mejor dicho sus directores, muchas veces mejor llamados consejeros, han tenido que tomar decisiones técnicas que van en contra de las corrientes ideológicas que precisamente permitieron y agravaron el desastre financiero a lo largo y ancho del planeta.

Y es que sólo minimizando la influencia ideológica se aseguran decisiones más profesionales, especializadas y, por tanto, independientes. Por eso mismo se eligen cuerpos colegiados, y no a una sola persona, para tomar decisiones en este tipo de instituciones. La ley orgánica del instituto emisor peruano dice que los directores deben tener reconocida solvencia moral y poseer amplia competencia y experiencia en economía y finanzas. Además dice que los directores no representan a entidad o interés particular alguno y su voto debe tener en cuenta únicamente el cumplimiento de la finalidad y las funciones del Banco. Pero ¿cómo se materializa realmente esto?

En otras palabras, actualmente, ¿cómo se verifica que una persona tiene amplia competencia y experiencia en economía y finanzas? En el extremo, ¿cómo se asegura que un ingeniero, un abogado o un médico que se consideren como posibles miembros del Directorio tengan “amplia competencia y experiencia en economía y finanzas”? ¿Cómo se asegura que ninguno de los candidatos represente los intereses de determinada entidad o gremio empresarial? Si no se acota adecuadamente esto, no hay forma de acotar la “elegibilidad” técnica profesional requerida para los candidatos.

Por el contrario, ¿no sería más sano establecer con mayor precisión como es que los candidatos elegibles deben tener reconocida competencia en asuntos monetarios y financieros, digamos, habiendo publicado, investigado o enseñado dichas materias o habiendo ejercido cargos profesionales o técnicos especializados claramente homologables?

Más aún, sin perjuicio de lo antes señalado, debieran restringirse las profesiones que se pueden tener para postular al cargo. ¿Acaso hay muchas más profesiones, además de la de economía, que permitan asegurar mínimas bases para especializarse en asuntos monetarios y financieros? Al hacer esto se aseguraría una mínima deformación profesional necesaria para el mejor alineamiento de intereses profesionales con los objetivos fundamentales que tiene todo banco central. Cualquiera que ha trabajado con equipos multidisciplinarios sabe los sesgos que cada profesión tiene, los cuales casi nunca se “corrigen” con cursos rápidos de especialización de uno o dos años.

¿Por qué es importante asegurar una mínima “deformación” profesional económica para todos los miembros de órgano más importante de un banco central? ¿Acaso tiene el mismo objetivo de lucro que todas las demás empresas de la economía? ¿O más bien sus acciones buscan regular o contrapesar los efectos externos no deseables del comportamiento agregado de la búsqueda de lucro individual empresarial?

En el otro extremo, ¿debiera ser posible que un contador sea miembro de un tribunal constitucional? ¿Debiera ser posible que un abogado sea miembro de una junta médica oncológica? ¿O que un ingeniero sea miembro del consejo normativo de contabilidad? Si eso no es así, ¿puede un profesional que no es economista ser experto en teoría y política monetaria y financiera?

De hecho, la mayoría de economistas no son expertos en economía monetaria, como no lo son todos los abogados en derecho constitucional, ni tampoco lo son todos los médicos en enfermedades oncológicas. Tampoco tendrían por qué serlos. No importa que el profesional en cuestión sea el Premio Nobel de la Paz, si no tiene la formación académica mínima para el cargo, no debería poder ser elegible como miembro del directorio de un banco central, en ningún caso. Tal vez la única forma en la que un no economista se pueda volver experto en economía sería haciendo un doctorado... en economía. Lo contrario sería ineficiente socialmente hablando.

Pero aún así, en el negado caso que sí se permitieran no expertos en el Directorio, ¿qué tipo de decisiones tomarán estos no expertos en asuntos monetarios? Es casi seguro que, en el mejor de los casos, terminen inclinándose por apoyar decisiones que les sean más afines ideológicamente hablando, aún cuando técnica o profesionalmente no sean factibles o no sean convenientes, por la sencilla razón que no tiene la formación académica para lo contrario. Con los requisitos y exigencias actuales en el Perú parece que es perfectamente posible que se pueda llegar a tener un Directorio sin economistas.

¿En qué países del mundo los directores del banco central no son economistas? ¿Cómo aseguran otros países la real y efectiva independencia de las decisiones de sus bancos centrales?

En España, los equivalentes a Presidente y Vicepresidente del Directorio deben tener reconocida competencia en asuntos monetarios o bancarios, están sujetos al régimen de incompatibilidades de los altos cargos, son incompatibles para el ejercicio de cualquier profesión o actividad pública o privada y no son reelegibles. Pero, además, durante los dos años siguientes al cese de sus funciones no pueden ejercer actividad profesional alguna relacionada con las instituciones financieras y, para que ello sea posible, tienen derecho a percibir una compensación económica del 80% del total de retribuciones que tenían asignado si no tuvieran otro puesto de trabajo, cargo o actividad en el sector público o privado, con excepción de la docencia.

En el caso de los equivalentes a los demás miembros del Directorio, son elegibles los que tenga reconocida competencia en el campo de la economía o el derecho y son reelegibles por una sola vez. Pero, lo más importante, deben abstenerse de realizar cualesquiera actividades, que puedan menoscabar su independencia e imparcialidad en el ejercicio de sus funciones, producirles conflictos de intereses, o permitirles la utilización de información privilegiada. ¿Cómo podría asegurarse esto si se permitiera a los directores formar parte de la alta dirección de otras empresas no financieras que precisamente “sufren” los efectos de la política monetaria del banco central?

En el caso de España, de los 6 consejeros o directores actuales, 5 son economistas de profesión, 4 con doctorados en economía. El equivalente a presidente del directorio es abogado y economista, mientras que el equivalente a vicepresidente es filósofo y economista. Es decir, ninguno es empresario, gerente ni director de empresas privadas cuyas actividades en lugar de sumar restan a la responsabilidad y capacidad específicas que se requieren. Más bien tienen tiene amplia trayectoria académica y son miembros de numerosos consejos de publicación académica y científica o son catedráticos que ha impartido cursos de política económica, política monetaria, política presupuestaria, hacienda pública y economía internacional.

Y entonces... ¿de qué independencia estamos hablando?

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