Economía y Finanzas para Todos

Bitácora de artículos de opinión y análisis sobre diferentes debilidades de la economía y las finanzas en el Perú, desde un punto de vista técnico, imparcial e independiente. Los artículos buscan exponer estas debilidades, en un lenguaje sencillo y accesible, con la finalidad de concienciar y promover las mejoras y reformas necesarias en beneficio de todos.

2012-04-14

UN GLOSARIO FINANCIERO PARA TODOS: 'C'


Calibrar
Proceso de ajuste periódico por medio del cual las metodologías, procedimientos y modelos internos de estimación de provisiones por algún tipo de riesgo o afines, se revisan y actualizan con la finalidad de mantener la precisión de evaluación, clasificación, seguimiento y estimación del valor de dichas provisiones.

Calificación crediticia
Opinión emitida por una agencia calificadora de riesgo sobre el nivel de solvencia de una entidad, entendida como su capacidad y voluntad para cubrir sus obligaciones financieras en la forma previamente acordada, o sobre el nivel de riesgo de crédito de la emisión de un determinado tipo de instrumento financiero en particular.

Calificación de riesgo
Usualmente se refiere a una calificación crediticia; no obstante, en algunos casos también existe una calificación para otros tipos de riesgo, como una calificación de riesgo de mercado o una calificación de riesgo fiduciario. En el primer caso, se trata de una opinión emitida por un tercero independiente sobre el nivel de riesgo de mercado que enfrenta el tenedor de un determinado instrumento negociable. En el segundo caso, se trata de una opinión emitida por un tercero independiente sobre el nivel de riesgo fiduciario que se enfrenta al delegar en una entidad de inversión en particular la gestión de inversiones por encargo de terceros.

Canje
Procedimiento por el cual se cambia o sustituye un activo o un pasivo sea de valores en circulación o préstamos adeudados, o un instrumento de capital patrimonial por otro equivalente.

Capacidad de pago
En general, estimación del nivel de solvencia o capacidad que tiene una contraparte para satisfacer sus deudas u obligaciones de crédito a su vencimiento. Normalmente, las agencias calificadoras de riesgo asignan una calificación a los emisores de instrumentos de deuda de acuerdo con su capacidad de pago, aunque también pueden haber unidades internas independientes que, asignen mediante metodologías o modelos internos, una calificación a la capacidad de pago de cada contraparte con la que interactúa.

Capital
En un sentido amplio, conjunto de recursos dinerarios (o que se pueden convertir en dinero) de una persona. En el contexto de una empresa, son las aportaciones realizadas por sus socios para su creación. Cuando se trata de una sociedad anónima, el capital social se divide en acciones y estas pueden ser negociadas en Bolsa. También se denomina capital (por oposición a los intereses) al principal de una deuda o renta.

Capital social   
En el contexto de una empresa, es la aportación realizada por sus socios para su creación. Cuando se trata de una sociedad anónima, el capital social se divide en acciones y estas pueden ser negociadas en Bolsa.

Cargo en cuenta
Asiento o anotación en el debe de una cuenta, lo que para el titular de la misma significa una disminución de su saldo.

Cartera crediticia
Suma de todas las operaciones activas registradas como créditos directos (traspasos, asunciones, etc.) o créditos indirectos (avales, fianzas, etc.) más las cuentas por cobrar provenientes de créditos directos refinanciados o créditos indirectos ejecutados u honrados. Los créditos indirectos también se conocen como créditos contingentes.

Certificado bancario   
Título valor emitido por un banco u otra entidad de crédito que indica un monto de dinero determinado que ha sido depositado en ella y que la compromete a devolver el principal recibido más interés por el plazo efectivamente transcurrido hasta su vencimiento, en la misma moneda en la que fue emitido. Es transferible y negociable, tanto en el país como en el exterior y puede ser emitido a la orden o al portador, pero siempre a la par.

Certificado de depósito   
Título valor emitido por una entidad de crédito que indica un monto de dinero determinado que ha sido depositado en ella y que la compromete a devolver el principal recibido más interés por el plazo efectivamente transcurrido hasta su vencimiento.  Puede ser negociable o no negociable, según se indique al momento de su emisión, y puede ser emitido bajo, sobre o a la par.

Cesión
Acción por la que una persona (cedente) transmite un bien, derecho, acción o crédito que tiene frente a un tercero a otra (cesionario), la cual adquiere los mismos derechos que tenía el cedente en ese momento. Equivale a una transferencia.

Cesión de crédito
Operación financiera por la cual el acreedor de un crédito transmite con carácter oneroso los derechos de crédito o la posición contractual de dicha obligación a un tercero, el nuevo acreedor. La cesión puede ser condicionada o suspendida y también puede ser parcial o total, indistintamente.

Cesión temporal
Acuerdo por el cual, el vendedor, cuando vende un activo, obtiene simultáneamente el derecho y la obligación de recomprarlo a un precio determinado en una fecha futura a la otra parte. Estos acuerdos son similares a la toma de préstamos con garantía, con la diferencia de que, en el caso de las cesiones, el vendedor no conserva la propiedad de los valores.

Cheque
Documento consistente en un mandato de pago que permite a su poseedor recibir una cantidad determinada de dinero contra los fondos que la persona que firma el cheque (librador) o contra los que la entidad que representa tiene en una entidad bancaria.

Cheque a la orden
Cheque nominativo que puede ser endosado (transmitido a otra persona mediante declaración escrita del titular en el propio documento).

Cheque al portador
Cheque en el que figura la leyenda "al portador" en lugar del nombre expreso del beneficiario. Puede ser cobrado por la persona que lo tenga en su poder.

Cheque cruzado
Cheque en el que se trazan dos rayas paralelas y que solo puede ser depositado en una cuenta para ser pagado a un banco o a un cliente de éste. Si se expresa el nombre de una entidad entre las dos líneas, solo se podrá hacer efectivo a través de dicha entidad.

Cheque de viajero
Cheque emitido en una divisa extranjera que puede ser convertido en efectivo de esa divisa en otro país, previa firma e identificación del tenedor. Dada su gran liquidez, es una alternativa a las tarjetas de crédito para viajar sin el riesgo que supone llevar grandes cantidades de dinero en efectivo.

Cláusula
Acuerdo establecido en un convenio. Generalmente, en los contratos financieros, las cláusulas vienen a modificar, aclarar o dejar sin efecto parte del contenido de sus condiciones generales o particulares.

Cobertura
Técnica que consiste en la compra o venta de instrumentos financieros, básicos o derivados, destinados a compensar, de manera total o parcial, los cambios en el valor razonable o en los flujos de efectivo de una partida cubierta sin intercambiarlos por otros tipos de riesgo.

Colateral
Activo que sirve como garantía para respaldar la concesión de un crédito o la emisión de bonos.

Comisión   
Desde un punto de vista general, es el mandato mediante el que una persona o entidad realiza actos u operaciones de comercio por cuenta de otra y por la que percibe una remuneración, que igualmente se denomina comisión, usualmente un porcentaje.

Comisión de compromiso
Comisión sobre la porción no desembolsada del crédito (saldo por desembolsar), cuyo pago lo realiza el prestatario al acreedor, para que éste mantenga los fondos remanentes del crédito a su disposición.

Comisión de confianza
Relación jurídica por la cual una persona encarga la administración de bienes o derechos sin la constitución de un patrimonio autónomo a otra persona, para el cumplimiento de un fin o fines específicos a favor de un tercero o del propio mandante.

Comisión de desembolso
Comisión sobre el monto del crédito que se realiza por una sola vez y usualmente puede descomponerse en comisión de gestión, comisión de manejo y comisión de administración.

Comisión de inspección y vigilancia
Comisión establecida en el contrato de préstamo a favor del prestamista, por la supervisión que efectúa éste a lo largo de la vida de un proyecto financiado con sus recursos.

Comisión  fija   
Comisión que, al contrario de la escalonada o variable, tiene un carácter uniforme y permanente, con independencia de otros factores.

Comisión variable   
Aquella que, en diferentes periodos, se abona en diversa cuantía, según la concurrencia de determinadas circunstancias previstas.

Concesión
Negocio jurídico mediante el cual el Estado cede a una persona física o jurídica facultades de explotación privativa de una pertenencia de dominio público o de un servicio público bajo ciertas condiciones, incluyendo el equilibrio económico-financiero entre ambas partes pública y privada, y la posibilidad de rescate de la concesión antes de su vencimiento por parte del Estado, en caso contrario. Una modalidad de concesión es la participación público privada (PPP).

Conciliación bancaria
Comparación de los movimientos registrados en el estado bancario de cada una de las cuentas bancarias de una entidad respecto del libro contable de bancos, para verificar la concordancia entre ambos a una fecha determinada.

Condonación
Acción mediante la cual el prestamista o acreedor perdona parcial o totalmente el principal de una deuda pendiente. Los intereses asociados se recalculan o se desagian.

Contragarantía
Garantía cuya finalidad es respaldar al garante contra el riesgo de incumplimiento del deudor original.

Contraparte
Parte contraria con la que una entidad interactúa y con la que, eventualmente, se expone a un riesgo de crédito por incumplimiento de obligaciones contractuales.

Contrapartida
Parte del costo de un proyecto, inversión o actividad que es financiada con recursos propios y distintos de aquellos derivados de una operación de endeudamiento o de donaciones.

Contrato
Pacto o convenio entre dos o más partes por el que se obligan sobre una materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser obligadas.

Contrato a plazo   
Instrumento financiero derivado consistente en un contrato de compra o venta sobre un activo a una fecha determinada en el futuro, sin costo inicial, y que puede pactar con entrega o sin entrega (sólo liquidación de diferencia de precio entre el precio pactado y el precio al contado que exista a la fecha pactada). Existe un derivado llamado futuro que funciona igual que un contrato a plazo, pero que es estandarizado y se negocia a través de un mercado centralizado.

Contrato de adhesión
Aquel cuyas cláusulas las fija una de las partes, y la otra las acepta.

Contrato de préstamo
Un contrato en el que se establecen las normas que regulan la relación contractual de un préstamo entre ambas partes, el acreedor o prestamista y el deudor o prestatario, especificándose sus derechos y obligaciones respectivos.

Contrato de garantía financiera
Un contrato que requiere que el emisor efectúe pagos específicos para reembolsar al tenedor por la pérdida en la que incurre cuando un deudor específico incumpla su obligación de pago a su vencimiento, de acuerdo con las condiciones, originales o modificadas, de un instrumento de deuda. Ver Garantía financiera.

Contravalor
Equivalencia en la moneda propia de una suma expresada en otra moneda.

Cooperación financiera
Acuerdo por el cual, mediante la transferencia monetaria real de fondos al receptor, se pueden desarrollar proyectos o actividades que beneficien a una institución o al país. Puede ser de fondos reembolsables o no reembolsables, dependiendo de si la transferencia debe ser devuelta al país emisor o si la transferencia ha sido efectuada a fondo perdido (donación).

Cooperación técnica
Acuerdo por el cual se recibe, transfiere o intercambia recursos humanos, bienes, servicios, capitales y tecnología de fuentes cooperantes y cuyo objetivo es complementar y contribuir con los esfuerzos para el apoyo de programas y proyectos prioritarios, en armonía con las políticas y planes nacionales, sectoriales, regionales y locales de desarrollo.

Corto plazo
En general, período menor a doce o veinticuatro meses, aunque es un término que depende de la actividad a la que se refiera.

Crédito
En su definición restringida, es un contrato por el cual una entidad (acreedor) pone a disposición de otra (deudor) cierta cantidad de dinero para que después lo devuelva con intereses y según los plazos pactados. Se diferencia del préstamo en que puede ser usado de modo revolvente por medio de una línea y no tiene necesariamente una finalidad prefijada. En cualquier caso, el crédito representa un activo financiero para el que lo concede. En su definición amplia también incluye a los contratos en los que la disposición de dinero ofrecida es contingente.

Crédito concesional
Crédito concedido en condiciones de plazo o de tasa de interés muy favorables (largos plazos y bajas tasas) para el prestatario. También se le conoce como crédito blando.

Crédito directo
Cualquier acreencia originada por el desembolso de dinero de un intermediario o del Estado y frente al cual su deudor actual está obligado a entregar en devolución una suma de dinero determinada, en uno o varios actos, incluyendo principal, intereses y comisiones. Los intervinientes contractuales básicos en un crédito directo típico son (i) el prestatario y (ii) el prestamista. En un crédito directo el cliente asume el papel de prestatario o deudor y el intermediario o el Estado asume el papel de prestamista o acreedor y, por tanto, asume el riesgo de crédito del prestatario. 

Crédito indirecto
Cualquier compromiso o respaldo formal y por escrito de un intermediario o del Estado que no implica un desembolso de dinero, pero que lo implicará si se cumplen o incumplen ciertos términos y condiciones previamente definidos, en cuyo caso se transformará en un crédito directo a cargo del deudor involucrado. Los intervinientes contractuales en un crédito indirecto típico son (i) el solicitante, (ii) el afianzado o avalado, (iii) el beneficiario y (iv) el fiador o aval. En un crédito indirecto el cliente asume siempre el papel de solicitante y puede, o no, asumir simultáneamente el papel de afianzado o avalado. El afianzado o avalado es el respaldado o garantizado frente al beneficiario y, por ello, siempre son partes distintas. El intermediario o el Estado asumen el papel de fiador o aval y, por tanto, asumen el riesgo del afianzado o avalado. Según se haya pactado, si se cumplen o incumplen las condiciones establecidas en el crédito indirecto, el intermediario o el Estado otorga un crédito directo a favor del solicitante, con el que paga al beneficiario.

Crédito no reembolsable   
Disposición de cierta cantidad de dinero para que sea utilizado en un determinado objetivo a título gratuito, es decir, sin obligación alguna de devolución, por lo que en sentido estricto no es un crédito.

Crédito puente
Crédito obtenido como financiación temporal y con la garantía de un ingreso futuro del prestatario, que le permita su reembolso, usualmente una financiación definitiva.

Crédito renovable
Crédito que se renueva de manera automática a su vencimiento, de manera que en realidad es equiparable a una línea de crédito.

Cronograma de pagos
Calendario de las fechas de pagos, por concepto de principal e intereses, que a su vez tienen como finalidad cumplir con el pago de una obligación crediticia.

Cuenta a plazo   
En terminología bancaria, instrumento financiero por medio del cual se coloca una imposición de dinero en una entidad de crédito por un plazo determinado, renovable o no, a cambio de la percepción de un interés más alto que el que usualmente se paga en una cuenta de ahorro. Si el contrato contiene una cláusula que así lo indique, el importe del depósito solo se puede retirar antes de que expire el plazo con autorización de la entidad financiera y con una penalización en su remuneración.

Cuenta contable
Representación numérica, o código, que permite identificar y registrar una operación presupuestal o económica realizada por una entidad. Los  incrementos de las cuentas de activo se registran mediante cargos y las disminuciones mediante abonos. Los incrementos de las cuentas de pasivos y de patrimonio se registran mediante un abono y las disminuciones mediante un cargo.

Cuenta corriente
En terminología bancaria, instrumentos financieros por medio del cual se coloca una imposición de dinero en una entidad de crédito que permite que las cantidades de dinero depositadas puedan retirarse o transferirse en cualquier momento o pueden girarse cheques (o similares) con cargo a ella, sin previo aviso.

Cuenta de ahorros
En terminología bancaria, contrato similar al de cuenta corriente, aunque sólo puede registrar imposiciones y reintegros en efectivo, ganando intereses mientras tanto, pero no permite el giro de cheques contra el efectivo depositado en dicha cuenta.

Cuenta de capital
A nivel de cuentas nacionales, cuenta de la balanza de pagos que incluye todas las transferencias de capital y las adquisiciones/cesiones de activos no financieros no producidos entre residentes y no residentes.

Cuenta de crédito
Contrato por el que un banco pone a la disposición de su cliente una determinada cantidad de dinero, a ser devuelta dentro de un plazo predeterminado y con el tipo de interés pactado.

Cuenta estructurada   
Combinación de una cuenta a plazo y un instrumento derivado o un acuerdo similar, cuyo rendimiento depende de la evolución de un activo financiero subyacente, como un índice de acciones, de instrumentos de renta fija, de tipos de cambios o una combinación de éstos. El capital invertido puede estar expuesto a riesgo de mercado producto de las variaciones de los activos subyacentes, pero existe un porcentaje del capital que está garantizado al vencimiento. Asimismo, aunque los rendimientos son variables, por lo general estos depósitos ofrecen un rendimiento mínimo que es pactado en el momento de la apertura.

Cuenta financiera
A nivel de cuentas nacionales, cuenta de la balanza de pagos que incluye todas las operaciones relativas a inversiones directas, inversiones de cartera, otras inversiones, derivados financieros y activos de reserva entre residentes y no residentes.

Cupón
Interés, generalmente periódico y expresado como un porcentaje del valor nominal de un bono, que tienen derecho a percibir los propietarios del mismo. Puede ser fijo (cuando su cuantía concreta se fija en el momento de la emisión) o variable (cuando su cuantía se revisa en determinados momentos de tiempo).

Cupón corrido
Interés devengado y no pagado de un bono, el cual se calcula multiplicando el tipo de interés por la fracción de tiempo transcurrido desde que empezó a devengarse.

Curva de rendimientos
Representación gráfica de la relación, en un momento dado, entre el rendimiento y el vencimiento residual de los valores de deuda con el mismo riesgo de crédito, pero a vencimientos diferentes. La pendiente de la curva de rendimientos puede medirse como la diferencia entre los rendimientos a dos vencimientos distintos.

Custodia
Cuidado o vigilancia de determinados títulos o efectos importantes y encargo de ejecutar los derechos correspondientes a su vencimiento.




Fuente: Extractos libremente resumidos y adaptados de diversas fuentes autorizadas y acordes con las normas internacionales de contabilidad, las normas internacionales de información financiera, las normas internacionales de regulación y supervisión bancaria y con las mejores prácticas internacionales, salvo error u omisión.

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